JUBILACIÓN ORDINARIA

Es la gestión previsional por excelencia en la cual es preciso trabajar el expte de manera pormenorizada, con la documentación laboral que avale todos los años de servicios prestados y analizando el tipo de tareas realizadas; si se trata de Régimen común, diferencial o ambos. En estos casos, habrá que realizar cálculos previos al inicio tanto para determinar la fecha en que la tendrá derecho a la Jubilación y el monto del haber a percibir, en función de las remuneraciones percibidas en actividad. Los casos de Regímenes Especiales de Docentes, Docentes Universitarios, Investigadores Científicos y Magistrados Judiciales que perciben como Jubilación un porcentaje determinado, requieren un estudio particular, ya que es posible (muy común en los docentes universitarios por ej) que la persona ostente otro cargo en relación de dependencia de mayor remuneración y habrá que evaluar la conveniencia de acceder a la Jubilación por el régimen especial o común.

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